A continuación os hacemos un resumen de lo que se ha visto hasta el momento, para poner al día la negociación, aunque lo cierto es que está todo muy abierto y a falta de concreción. Después de una primera vuelta, se dará una segunda, y veremos si no es necesaria una tercera (lo importante es que salga un buen Decreto). Y al final será en una Mesa Sectorial donde se tenga que aprobar.

Clases de Concursos y competencias (Art.8)

En la distinción entre los Concursos Generales se planteó que todos los Concursos dependan de Función Pública para su convocatoria (Ej. Sanitarios Locales, Médicos, ATS y matronas). La Administración estaba de acuerdo, menos con los Concursos de los Agentes Medioambientales. Se planteó también que todos los puestos ocupados en Comisión de Servicios durante más de 1 año salgan a Concurso (como marca la Ley 4/2011).

Se quedaron estas propuestas pendientes de debatirlas en la Mesa de negociación.

Plazos para convocar los Concursos

La Administración planteaba la posibilidad de realizar un

  • Concurso Permanente para los Grupos C1 y C2 cada 6 meses (parecido al del personal laboral)

  • Concurso General para los Grupos A1 y A2, B al menos 1 al año.

Esto en un principio la Administración lo plantea para eliminar todas las Comisiones de Servicio en un plazo no muy grande. Para poder convocar estos Concursos en estos plazos todo dependerá de los méritos que se valoren o no.

Concursos de los Cuerpos y Escalas,

Para los Cuerpos se convocaran procesos al menos 1 vez al año.

Para las Escalas las propuestas que se plantearon fueron:

  • Al menos cada 2 años,

  • Un vez al año, salvo que un porcentaje de plazas sea inferior a un tanto % en donde se podría diferir 1 año más hasta un máximo de 2 años

Todas estas cuestiones se debatirán en la Mesa.

Art.10 Contenido de las convocatorias.

Se habló de fijar el plazo en 15 días hábiles para poder registrar la solicitud.

Se estudió la posibilidad de que en la convocatoria aparecieran: todas las plazas vacantes, las plazas a resultas y además, se habló de que las plazas en resultas que estén en adjudicación provisional que finalmente les den otra plaza, estos puestos pasen a vacantes.

Cuando los trabajadores y trabajadoras que concursen fallezcan, se jubilen, etc antes de la adjudicación definitiva, se vio la posibilidad de que estas plazas se publiquen un anexo para podérselas adjudicar a otras personas. Se estudia dar autorización a la Comisión de Valoración en la adjudicación provisional y en la definitiva, para excluir a estas personas al igual que al personal que no mantenga los requisitos. Ej. Persona en activo que concursa, solicita una Excedencia voluntaria y se le adjudica plaza estando en Excedencia.

Art. 14 Acreditación de los méritos y requisitos.

Para la acreditación de los méritos en el plazo máximo que se determine, no obstante la no acreditación de los requisitos de participación y desempeño en el plazo previsto, podrá ser subsanado en la fase de adjudicación provisional.

Presentación de méritos. En el plazo que se indique en la convocatoria.

Comisiones de Valoración. Composición.

Realizar una Comisión de Valoración para cualquier tipo de Concurso, se propone incluir que es un órgano de carácter técnico (con respecto de los principios de profesionalidad y especialización de sus miembros), que tenga una composición impar.

En cuanto a quien forma parte se planteaba o un máximo de 2 Grupos (A1/2, y C 1/2) ó hacerlo por Subgrupos. Además se planteó que en todos los Grupos pudiera formar parte cualquier trabajador o trabajadora de cualquier Grupo, o hacerlo por Subgrupos; que para los Grupos A1/2 los miembros tuvieran la titulación del Grupo, y para los Grupos C1/2 tuvieran al menos la titulación del Grupo o superior.

También se fijo la necesidad de que la composición se realizara por paridad.

Todas estas cuestiones se quedaron para debatir.

Art. 16 Desarrollo de los Concursos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante trasladará al Presidente de la Comisión de Valoración las solicitudes presentadas junto con la documentación acreditativa de los requisitos de participación y méritos aportados por los participantes. Y será obligatoria la inclusión de una fase de adjudicación provisional.

Art. 17 Resolución

Se planteó que puesto que en el Plan de Igualdad aparecía que había que meter como criterio el principio de representación equilibrada de mujeres y hombres.

En cuanto a los criterios de desempate, desde la Administración se expone que la determinación de los criterios de priorización en caso de empate deberíamos de abordarlos tras el estudio de méritos a valorar (que no se han visto).

Remoción en el puesto La Administración propone que estos casos deben ir a una Mesa Sectorial directamente. Queda pendiente la determinación del tipo de puesto de trabajo a adscribir al funcionario/a removido, siempre que se considere que es en esta norma el lugar adecuado para tal regulación.

MÉRITOS: Se quedó pendiente de concretar en el Decreto cual iba a ser la máxima puntuación (ya que es más difícil de mover) y no en las Bases de las distintas Convocatorias de Concursos.

En la actualidad se valoran 5 méritos: Grado, Trabajo desarrollado, antigüedad, formación y otros méritos. Se plantea que se valoren también la permanencia en el puesto y razones familiares como otros méritos.

Todo se queda para su estudio.

Grado. Actualmente se valora el 15% del total, se plantea bajarlo a como esta el Estado (3 tramos: igual, superior e inferior), en el Decreto actual hay 6 escalones, se plantea agrupar estos escalones. Se queda todo para su estudio y análisis.

Trabajo desarrollado. En el Decreto actual se puntúa 25 puntos sobre 100 de los últimos 4 años. Se plantea que hay legislación proveniente de la Junta de Andalucía que dice que hay que valorar el tiempo desarrollado como personal interino. Se queda en que se estudiará la legalidad y obligatoriedad de la misma.

  • Proponen que se valoren los últimos 8 años (no los cuatro como es en la actualidad) tanto en el área funcional como en el grado.

  • Se propone que no se valoren las comisiones de servicio en el Concurso General (que los méritos que se valoren sean los de su puesto de origen). Todas estas cuestiones se quedan para su estudio.

Antigüedad. Quedaría como en la actualidad.

Formación. Dos propuestas sobre la mesa:

  • Dejarlo como esta (250 horas) y que se puntúen en otros méritos cursos de idiomas, universidades, etc.

  • Aumentar las horas, porque si no se puede dar el caso que un trabajador/a tenga por ejemplo 500 horas de cursos de la Junta (sólo se le puntué 250 horas que es el máximo) y no tenga curso de idiomas y universidades y tenga menos puntos que un trabajador/a que sólo tenga 250 horas de cursos y cursos de idiomas y de universidades.

Se quedó para su estudio.

Permanencia en el puesto. Se ponen sobre la mesa dos propuestas:

  • Puntuar el máximo a 6 años de permanencia con 10 puntos.

  • Puntuar a partir de 3 años y hacerlo escalonadamente. En cualquier caso hacerlo por meses.

Todo se quedó para su estudio y debate.

Razones familiares

Se plantea puntuar por diversas razones familiares (ej. por unidad familiar, etc). Desde la Administración lo ven complicado aplicarlo. Entendemos que se podría mirar pero habría que dejar muy claro cuales son las situaciones (unidad familiar, familia monoparental con hijos a cargo, etc), así como los requisitos que deberían de tener (tiempo en el nuevo puesto, que concursaran a la misma localidad, a la provincia, a una distancia entre localidades). Las situaciones y los requisitos deberían de estar muy bien tasados.

Todo se quedó para su estudio.

Hasta aquí ha sido todo lo que se ha visto hasta ahora (todo esta muy abierto y para su estudio). Podéis hacer las aportaciones que estiméis convenientes a la dirección de correo toledo@stas-clm.com.