En la sentencia que adjuntamos, comunicada en el día de hoy, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en respuesta al Conflicto Colectivo interpuesto entre otros por STAS-CLM, falla en contra de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades y obliga a ésta a computar los meses de julio y agosto a efectos del cobro de antigüedad (trienios) a todas las trabajadoras y trabajadores fijos discontinuos que prestan su trabajo del 1 de septiembre al 30 de junio y que afecta principalmente a las categorías de ATE (Auxiliar Técnico Educativo) y TEILS (Técnico Especialista de Interpretación del Lenguaje de Signos), aunque también a algunas/os Cocineras/os y Ayudantes de Cocina que se encuentran en la misma situación.

Así pues, damos la enhorabuena a las trabajadoras y trabajadores que ven así reconocido este nuevo derecho y a nuestra asesoría por este paso adelante que no impide que STAS-CLM siga manteniendo nuestra principal reivindicación para todo este maltratado colectivo de forma que la Junta les considere personal laboral a tiempo completo durante todo el año, a todos los efectos y con igualdad de derechos al resto del personal.

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